miércoles, 27 de abril de 2016

CONCLUSIÓN


Tomando como referencia los modelos de las cárceles en España y comparándola con la situación actual, podemos deducir que, en este sentido, las instalaciones carcelarias han tenido un gran avance. Si bien es cierto, en muchos casos, estos avances se deben desarrollar más. Las madres que permanecen con sus hijos dentro de ellas, ahora pueden aprovechar instalaciones específicas que favorecen el buen desarrollo de los menores en sus primeras etapas de vida. Anteriormente este aspecto no se tenía en cuenta.

Desde el momento en el que las madres conocen su futura maternidad, la decisión que tomen acerca de sus hijos, les marcará su encierro en la prisión. Si deciden quedarse junto a ellos, se sentirán culpables por privar a sus hijos de una vida libre y de castigarlos al aislamiento con ellas. Si por el contrario, deciden que éstos permanezcan alejados de ellas, se está vulnerando el derecho de estos hijos a crecer con un vínculo materno-filial. Por lo tanto, cualquier decisión que se tome al respecto puede marcar la vida de esa familia.

La decisión de quedarse junto a sus hijos no es fácil, pero han de ser conscientes de que, transcurrido los tres años, llegará el momento de la separación. En ese momento se proporcionarán distintos apoyos tanto a los padres como a los hijos, no obstante, cualquier sustituto de la familia natural, puede desencadenar en problemas futuros para el menor.

A continuación, nos vamos a centrar en las ventajas e inconvenientes que consideramos destacables.
La reducción en la edad de salida de los menores de los centros se considera un aspecto positivo para el desarrollo psicosocial puesto que comienzan la etapa de escolarización obligatoria, al mismo tiempo que los demás niños, sin entorpecer su proceso de socialización. Así mismo, consideramos importante que el menor pueda permanecer con la madre en su periodo de lactancia, garantizando el derecho de la madre de amamantar a su hijo y reforzando el vínculo materno-filial. Por otro lado, se mantienen cubiertas las necesidades psicosociales y médicas de forma periódica a través de distintos profesionales, así como sus necesidades materiales.

No obstante, los niños pagan las consecuencias de este encierro. El desarrollo y aprendizaje se realiza de una forma más tardía, ya que en la cárcel están siempre sometidos a los mismos estímulos. Bajo la Ley, los niños pueden salir los fines de semana y en periodos vacacionales, pero no son tantas como para perder la relación con la realidad social que se encuentra en el exterior.

De la misma manera, existe una dificultad añadida en aquellos niños  de origen extranjero, debido a la falta de redes de apoyo. Por otra parte, las madres pueden utilizar estos embarazos (dentro de prisión o justo a su entrada) para adquirir ciertos beneficios.

Por todo esto, nos resulta difícil posicionarnos firmemente en una de las dos posturas, ya que entra en juego las circunstancias de vida de las reclusas y las decisiones que tomen influyen y repercuten directamente en el bienestar de estos menores.

Consideramos que el papel del trabajador social es crucial. Su labor en estos casos es facilitar el vínculo con el resto de familiares y redes de apoyo que se encuentren en el exterior, sin olvidar la importancia de una buena relación con la/el madre/padre. Además de detectar necesidades sociales e intervenir en ellas, realiza un seguimiento a lo largo de todo el proceso. Se coordinará  con otros profesionales para dar una respuesta integral a la situación. También debe preparar la salida del centro tanto con la madre como con el hijo, con la finalidad de amortiguar el choque emocional y una correcta integración.

Cierto es que se presentan dificultades en la intervención, ya que el profesional debe regirse por las leyes y éstas se contradicen, por lo tanto, su actuación se encuentra limitada y desamparada. En algunos casos, para satisfacer las necesidades sociales, debe esquivar las leyes y actuar al margen de ellas, lo que puede provocar un conflicto ético al profesional.


Para concluir, con la entrada en prisión, no sólo se está castigando a la persona, sino que toda su familia y entorno quedan  condenados al instante, más en especial, los hijos.




Referencias bibliográficas:

Jarbardo, M. (1993) Mujer y sus hijos en prisión. Cuaderno del Instituto Vasco de Criminología, San Sebastián, Nº7.

Merino, S. Madres e hijos víctimas de la institución. Valladolid. Facultad de Educación  de Palencia.

Páginas web:

Consultada el 22 de abril de 2016.
https://psicologiaymente.net/desarrollo/teoria-del-desarrollo-psicosocial-erikson Consultada el 31 de marzo de 2016.




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